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Hola a todos,


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Edito a 28/10/2025: os comparto un enlace de un documento de borrador que he elaborado: Acceso al borrador

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Abro este hilo para debatir sobre la forma más adecuada de abordar la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos del sistema Veri*factu de la AEAT cuando se utiliza el módulo desarrollado por la OCA.

Entiendo que esta cuestión puede generar dudas a los integradores / implantadores de Odoo, pues:

-Hacienda indica en sus preguntas frecuentes que corresponderá a la "persona o entidad productora" del sistema informático certificar, mediante declaración responsable, que el sistema informático cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j. 

Mi duda es quién es la entidad productora: está claro que Odoo es el fabricante del SIF y, de hecho, ha lanzado su módulo "Verifactu" compatible con las ediciones community y Enterprise. Pero la declaración responsable de Odoo, firmada por su CEO, no parece apuntar como destino las versiones Community —ni siquiera las instancias Enterprise cuando son on-premise u Odoo.sh—, sino a su entorno “hiper-restringido” de Odoo Online.

Con respecto a OCA, y teniendo en cuenta que el desarrollo de Verifactu ha sido primordialmente un esfuerzo colaborativo de numerosas personas, no creo que pueda considerarse en ningún caso "productora" sino más bien "publicadora", lo cual es diferente.

En cuanto al implantador: ¿debe crear una declaración responsable de un software del que tampoco es "productor" ni "fabricante", sino más bien un integrador, instalador o consultor?

Hay otra cuestión que no sé si tiene relevancia o no, diría que sí, y es: ¿el sistema sobre el que se ha instalado e implantado el software, es propiedad del cliente? En mi práctica habitual suele ser así: bien en la infraestructura propiedad del cliente o bien en un VPS contratado por el cliente. Y en ese caso, el implantador actúa como "delegado" de ese servidor.

Desde mi punto de vista:

-El integrador (implantador) puede firmar un documento de certificación de instalación y configuración del sistema Verifactu basada en los módulos de OCA, con una declaración de buenas prácticas y confirmando que el software cumple con los requisitos establecidos por la AEAT, pero aclarando un marco jurídico y una responsabilidad que haga una mención expresa al modelo de licencia LGPL que establece que el software se proporciona "tal cual" y que el cliente es el titular del sistema y del servidor (cuando sea el caso). 

Es decir: veo más apropiado que el implantador realice una certificación técnica o informativa, que sirva como base para que el cliente realice finalmente su declaración como responsable final del sistema.

No sé cómo lo estáis planteando vosotros, y si alguno habéis realizado una consulta a la AEAT. ¿Habéis adoptado algún modelo de certificación o documento similar con vuestros clientes?

Sería muy positivo que compartiésemos criterios o experiencias para que, como comunidad, podamos adoptar una postura coherente frente a la AEAT.


Gracias anticipadas a todos


Ignacio.


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Yo también hago las instalaciones en servidores contratados por el cliente y el tiene total acceso al linux y a todo. No me puedo hacer responsable de su instalación. No se puede localizar a un único desarrollador (pueden ser 100) y todos publican con gpl o similar. Yo no soy desarrollador, nunca desarrollé nada.

La única solución es que el cliente se adopte los dos papeles de usuario y desarrollador. Así lo indica AEAT (y nos lo explicó Ignacio Ibeas).
En el caso de trabajar como un SAAS , donde el cliente ni siquiera tiene acceso al módulo ajustes, se podría plantear otro caso.

Los módulos community de odoo SA si apuntan a su web y a su declaración responsable y no admite poner otra. A mi si me parece que comprometen y serían validos.

Pienso que los módulos de odoo sa no sirven porque te permiten mandar la facura a aeat semanas despues de emitirla.
Además el modulo pos envia numero de factura y en el tiket muestra numero de pedido.

Buenas tardes, yo creo que lo que deberíamos emitir, no es una declaración responsable sino un certifico de lo que estamos instalado en la instancia, sería algo como esto:

El abajo firmante, en calidad de Administrador de _______________________________ con NIF

____________________________________________, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que el sistema informático de facturación utilizado por la entidad: 

Software: Odoo (versión comunitaria, código abierto)

Módulo: OCA Verifactu

Repositorio oficial: https://github.com/OCA/l10n-spain/tree/16.0/l10n_es_verifactu_oca

Cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, General Tributaria, y en la Orden HFP/886/2023, garantizando la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación generados. Asimismo, el sistema: Genera los ficheros XML VERIFACTU conforme a las especificaciones de la AEAT. Permite el envío automático y voluntario de registros a la AEAT en modo VERIFACTU. Incluye mecanismos de firma y hash criptográfico para garantizar la autenticidad e integridad. Registra toda operación de creación, modificación o anulación de facturas, garantizando trazabilidad. No permite alteración ni eliminación de registros sin dejar constancia. El responsable de la implementación y configuración del sistema se compromete a mantenerlo conforme a los requisitos legales y técnicos vigentes.


Creo que al final habría que entregar un documento,  sobre todo por la tranquilidad del cliente, pero que no sea declaración responsable.

A su vez, la declaración responsable debería ser firmada por la empresa usuaria, pudiendo incluir una referencia al certificado correspondiente. En dicha declaración, la empresa usuaria asumirá la responsabilidad de garantizar que el módulo Verifactu instalado no sea alterado ni modificado, eximiendo de toda responsabilidad a la empresa desarrolladora o proveedora del software. Esto se debe a que, al tratarse de un código abierto, cualquier usuario con los permisos adecuados podría potencialmente modificar la funcionalidad del módulo.

Esta última parte a lo mejor habría que darle una visión más técnica.

Espero que os sirva la aportación.

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Gracias por la aportación Ignacio

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Gracias Fernando por tu respuesta. He estado revisando la ponencia que había realizado Ignacio Ibeas (gracias por apuntar a esto) y en determinado momento Ignacio comenta que lanzaron una consulta a la AEAT relacionada con quién debe efectuar la declaración responsable para los casos de SIF de código abierto, y la respuesta fue que el responsable del sistema informático será el presentador, no el implantador, por lo tanto, la declaración responsable tendría que ser elaborada por el cliente.

Ahora bien, no sé si desde entonces, la AEAT ha podido cambiar de criterio, porque en su FAQ sobre Verifactu y, en concreto, en el apartado relacionado con la declaración responsable en el caso de software de código abierto (Ver aquí) se indica lo siguiente:

Pregunta: "Si se usa un software de código abierto, ¿quién hace la declaración responsable?

Respuesta: " La empresa que efectúe la programación del código o integre partes de otro software, ya sea o no de código abierto, debe realizar la declaración responsable, incorporar los datos obligatorios e indicar qué componentes utiliza. En el caso de que utilice código abierto, se hará responsable del funcionamiento del mismo, incluyendo los sistemas de seguridad exigidos para preservar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.".


Es decir: incluso si no se es desarrollador, sino solo "integrador", ¿se puede desprender de esta respuesta de la AEAT que es ese integrador quien podría tener que firmar esa declaración responsable?



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Surgen dudas, pero en este caso el sistema es tan abierto y tanta gente intervino en el , y el usuario tiene tanto poder para hacer cosas , que no veo otra manera que hacer al usuario desarrollador como si fuera un software a medida.

Si la IA fuera un árbitro solvente , NO LO ES, ENTIENDO QUE NO LO ES.

veamos que dice

en el caso de un odoo community quien debe firmar la declaracion responsable ¿el integrador? ¿el mismo cliente?
Buena pregunta — y muy importante ahora con VeriFactu y la normativa antifraude (Ley 11/2021 y RD 1007/2023).
Vamos a aclararlo paso a paso 👇

🧾 Contexto

La “declaración responsable” (modelo oficial de la AEAT) es el documento que acredita que el software de facturación cumple con los requisitos legales antifraude, es decir:

inalterabilidad de registros,

trazabilidad,

conservación de datos,

cumplimiento con el formato VERI*FACTU (si aplica).

🔸 ¿Quién debe firmarla?

Depende del rol legal de cada parte, pero en el caso de Odoo Community (software libre no certificado por el fabricante) es así:

🔹 1. Si el integrador solo instala, configura o adapta Odoo

➡️ El responsable legal del cumplimiento es el cliente (la empresa o autónomo que emite las facturas).
Es quien firma la declaración responsable ante la AEAT, aunque use un integrador o consultor técnico.

🔹 El integrador no puede “certificar” Odoo como conforme, salvo que haya desarrollado un módulo o solución propia que cumpla todos los requisitos y la ofrezca como “software de facturación” en sentido legal.

🔹 2. Si el integrador distribuye o comercializa su propia versión o SaaS de Odoo

➡️ Entonces el integrador sí debe firmar la declaración responsable como fabricante o distribuidor del software de facturación.

En ese caso:

El integrador (tú, por ejemplo) registra el software en la AEAT como “software de facturación”.

Y los clientes usuarios no tienen que presentar declaración propia, porque se entiende que usan un software ya declarado.

⚖️ En resumen
Situación Quién firma
Empresa usa Odoo Community instalado por un tercero El cliente (la empresa)
Integrador ofrece un servicio SaaS o distribución propia (“Humanoide Cloud”, por ejemplo) El integrador o proveedor SaaS
Odoo Enterprise con contrato oficial Odoo S.A. (fabricante)
🧩 Ejemplo práctico

Si tú instalas Odoo Community 17 en el servidor del cliente y le configuras módulos OCA:

Tú eres prestador de servicios técnicos, no fabricante.

El cliente debe firmar su propia declaración responsable.

Puedes facilitarle un anexo técnico indicando las medidas antifraude implementadas (registro inalterable, logs, control de secuencia, etc.), pero no firmas tú el modelo oficial.

¿Quieres que te prepare un modelo adaptado de “Declaración Responsable” para clientes que usan Odoo Community con implantación tuya (por ejemplo, bajo “Humanoide”)?
Así podrías dárselo listo para firmar, indicando que tú actúas como integrador técnico, no como fabricante.

Es un poco pescadilla que se muerde la cola.
La ley indica que la simple tenencia debe asegurar que el programa está certificado mediante su declaración responsable.

Entonces una empresa que se autoinstalarse Odoo debe asegurar que está certificado, y está certificado porque tiene una declarándose responsable y esa declaración responsable la hace la propia empresa que se autoinstala Odoo.

Yo aqui no veo que se indique que es el implantador, se puede entender que es la propia empresa usuaria

La empresa que efectúe la programación del código o integre partes de otro software, ya sea o no de código abierto, debe realizar la declaración responsable, incorporar los datos obligatorios e indicar qué componentes utiliza. En el caso de que utilice código abierto, se hará responsable del funcionamiento del mismo, incluyendo los sistemas de seguridad exigidos para preservar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

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Efectivamente Fernando: cuando la AEAT habla de "la empresa", puede no quedar claro si se refiere al cliente final (el obligado), o al implantador. Efectivamente, podría interpretarse como la empresa usuaria.

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Hola a todos. He editado la pregunta principal para aportar un borrador que he elaborado con una posible "Certificación técnica" en la que el cliente podría apoyarse para realizar su declaración responsable.